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Cálculo de Nómina 2022: Cambios y actualizaciones

El cálculo de nómina es una tarea esencial dentro de cualquier organización. Desde la aprobación de la Reforma en Materia de Outsourcing el pasado martes 20 de abril, se publicaron distintos cambios en una serie de leyes y códigos. ¿Qué necesitas saber del cálculo de nómina 2022?

 

Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social, Ley de Impuesto sobre la Renta, Código Fiscal Federal, Ley del Impuesto al Valor Agregado, INFONAVIT sufrieron cambios y adecuaciones debido a la Reforma en materia de subcontratación. También, el pasado 26 de octubre, el Senado aprobó los cambios sobre la Miscelánea Fiscal y sobre la Ley de Ingresos para 2022, dentro de las cuales, se adicionan, derogan y reforman disposiciones a la Ley del Impuesto Especial de Producción y Servicios, Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, Ley de Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado y Código Fiscal de la Federación.

 

Con estos cambios, en Consolidé creamos esta guía básica y sencilla para que puedas estar al día y no tener problemas al hacer el cálculo de nómina 2022.

¿Qué impacta a la nómina?

El pago de salarios es una obligación de todos los patrones deben hacer como retribución por los servicios prestados de sus colaboradores. Como lo sabes, este pago no solo contempla los sueldos, también el cumplimiento de las obligaciones fiscales, seguridad social, bonos, deducciones y otras prestaciones. Por ello, la importancia del cálculo de la nómina.

 

El cálculo y pago de nómina se encuentran apegadas a una serie de requisitos legales o cumplimientos:

  • Ley Federal del Trabajo

  • Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social

  • Código Fiscal de la Federación

 

Y con la Reforma a la Subcontratación Laboral, también se publicaron cambios a las leyes anteriores. 

Elementos que integran el cálculo de nómina

Repasemos los elementos básicos que se deben contemplar al momento de hacer el cálculo de nómina:

Percepciones a pagar

  • Sueldo

  • Prestaciones laborales

  • Prestaciones sociales

  • Horas extra

 

Deducciones

  • Retenciones del IMSS

  • Retenciones del SAT

Periodicidad de la nómina

  • Semanal, Quincenal o Mensual

  • Tipo de percepción: ordinaria o extraordinaria

  • Por contrato: nómina de socios, personal de base y personal eventual

Formato para entrega de nómina

A continuación los elementos que debe incluir un formato estándar de una nómina:

  • Datos de la empresa
  • Datos del trabajador
  • Periodo de liquidación al cual corresponde la nómina
  • Detalles de las percepciones salariales y en su caso, extrasalariales
  • Detalle de deducciones en salario bruto
  • Líquido a percibir
  • Lugar de emisión
  • Firma y sello de empresa
  • Firma del colaborador

Cálculo de nómina al 2022

Como ya se mencionó anteriormente, hay una serie de elementos base para el cálculo de nómina. El primero a considerar es el salario base de cotización SBC. Éste está estipulado dentro de la Ley del Seguro Social en el artículo 27. 

Integración del salario base de cotización (SBC)

Acorde al artículo mencionado, el salario base cotización se integra con los pagos en efectivo, percepciones, alimentación, primas, comisiones, prestaciones en especie, etcétera.

 

Es importante saber el SBC para dos pasos esenciales dentro del cálculo de nómina 2022:

 

  1. Cálculo de contribuciones del Seguro Social: tanto patrones como trabajadores
  2. Determinación de prestaciones, pensiones, subsidios y ayudas a los cuales tienen derecho los colaboradores acorde a la LSS.

 

Después se debe analizar a profundidad qué conceptos se van a considerar para integrar el SBC, en caso de omisión accidental, el IMSS puede considerar que es correcto, notificar al patrón un crédito fiscal por omisión de contribuciones. 

¿Qué integra el SBC acorde al artículo 27?

 

Es importante mencionar que cuando el colaborador tiene las prestaciones mínimas marcadas por la ley, el SBC se obtiene mediante un factor de integración.

 

Ahora, lo que debe integrar el SBC:

  • Aguinaldo: percepción fija
  • Bonos: percepción variable
  • Previsión social: no integra
  • Prima vacacional: integración total como percepción fija
  • PTU
  • Pagos en efectivo: comisiones, primas, alimentación, gratificaciones, percepciones, cuota diaria, etc
  • Prestaciones en especie
  • Salario: integración total como percepción fija
  • Otros elementos fijos o variables entregados al colaborador por su trabajo

 

Salario Mínimo

El salario mínimo debe ser considerado para el cálculo de nómina 2022. A partir de 2022, habrá un incremento de:

  • Zona libre de la frontera norte (Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas): de $213.39 pesos a $260.34 pesos
  • Zona General: de $141.70 pesos sube a 172.87

 

Para el cálculo se convertirá el número mensual dentro del plazo que se quiere realizar los pagos (salvo el mensual), después se divide el sueldo mensual entre 30 y se multiplicará por la cantidad de días trabajador: semanal 7, catorcenal 14, quincenal 15.

 

Unidad de medida y actualización (UMA): Retenciones del IMSS

La UMA es el índice de referencia o base económica para determinar el pago de obligaciones, multas, impuestos, deducciones personales y créditos INFONAVIT. Cada año se actualiza y es el INEGI el encargado de publicar su valor diario, mensual o anual.

 

Para el 2021, el UMA es de 89.62 pesos, 2724.45 pesos mensuales y 32,693 pesos al año. Recuerda que el valor de la UMA cambia cada 12 meses, para el 2022, se actualizará su valor el 1 de febrero. Una vez que el INEGI actualice el UMA 2022, ¿Cómo lo calculamos?

 

  • Para calcular el valor mensual de la UMA multiplica su valor diario por 30.4. 
  • Para calcular el valor anual multiplica el valor mensual por 12 

Retenciones del ISR

Dentro del cálculo de nómina, debemos de calcular el monto de retenciones del ISR. Para ello se deben revisar las tablas de Límite Inferior y Límite Superior dentro del rubro que quieras calcular: diario, semanal, decenal, quincenal o mensual. El SAT es el encargado de publicar tanto las tablas como las tarifas en su anexo 8 de la RMF vigente. 

 

Después de saber el sueldo bruto mensual o ingreso total dentro de la tabla Límite Inferior y Límite Superior, se resta el Límite Inferior al ingreso total, el resultado se conoce como base.

 

Dentro de la tabla, ubica la tasa que corresponde al rango de ingreso total, de ahí calcularás el porcentaje al base. Al resultado se sumará la cuota fija que corresponde a la misma fila de celdas de la tabla. 

 

En pocos pasos:

  1. Sueldo bruto
  2. Revisar donde se ubica el sueldo bruto dentro de la tabla
  3. Restar el monto total menos el límite inferior
  4. Al resultado se le aplica el porcentaje
  5. Al resultado se suma la cuota fija correspondiente

 

Cuotas del IMSS y SUA

Después de haber calculado las retenciones del ISR, se debe calcular el monto total a retener por el IMSS. Para ello, se revisa el SUA, que determina conceptos como:

  • Cuotas obrero patronales a las cuentas individuales de los trabajadores por concepto de Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
  • Cuotas obrero patronales a los demás ramos del Seguro Social (riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, guarderías y prestaciones sociales)
  • Aportaciones patronales por concepto de vivienda
  • Amortización de créditos asignados a trabajadores del INFONAVIT

 

Si tu empresa tiene 5 o más trabajadores, están obligados a ser autodeterminación usando el SUA. 

Ejemplo de cálculo de nómina:

Presentamos un ejemplo de cómo calcular la nómina con un sueldo bruto de $15,000 pesos mexicanos por mes.

 

 

Retención  
Salario 15,000
ISR -1763
IMSS -806
Impuestos totales -2,569
Pago neto 12,413
Tasa tributaria marginal 26.7%
Tasa tributaria promedio 17.1%

 

Cambios en la Ley Federal del Trabajo

A partir del 31 de marzo de 2021, entró en vigor la reforma a la LFT. Ésta establece que la fijación anual de los salarios mínimos no podrá estar debajo de la inflación durante el periodo de su vigencia.

Nuevas reglas aplicables para descuentos en los salarios

Acorde a la Ley dentro del artículo 110, los colaboradores pueden acceder a créditos de consumo que repercutan con descuentos a su salario, pero se deben efectuar acorde a las normas y privilegios del salario que establece la LFT. Con la reforma, se introducen reglas de retención y pago así como la atención a empresas para que establezcan nuevas reglas para evaluar si un colaborador tiene la capacidad de endeudamiento. 

 

Es importante recordar que los salarios son inembargables pero sí susceptibles a descuentos previstos bajo la LFT:

  • Pensiones alimenticias

  • Amortizaciones

  • Créditos al INFONAVIT

  • Pago de deudas contraídas con el patrón por anticipos de salario

  • Pagos de exceso y errores, pérdidas, averías

  • Cajas de ahorro

  • Cuotas sindicales

  • Pago a créditos de consumo por el Instituto Nacional para el Consumo de los Trabajadores

  • Pago de la renta que se refiere al artículo 151, no podrá exceder el 15% de su salario

  • Pago de abonos por cubrir préstamos al Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores destinados a la adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoras de casas habitación o pago de pasivos adquiridos por esos conceptos.

 

A continuación un ejemplo del cálculo de descuentos al salario por $15,000 de ingreso mensual con un descuento por pérdidas o averías:

 

 

Fórmula Sustitución  
  Salario quincenal del trabajador $15,000.00
Menos Salario mínimo quincenal (resto del país) (172.87×15 días) $2,593.05
Subtotal Excedente del salario mínimo $12,406.95
Por Tope legal 30 %
Igual Monto máximo a descontar $ 3,722.08

 

 

Cambios Ley de Impuesto Sobre la Renta

Las tablas ISR 2021 fueron publicadas en el DOF el pasado 11 de enero de 2021. La última reforma publicada al LISR fue el 12 de noviembre. Acorde a la Ley del Impuesto sobre la Renta dentro del artículo 152, las tarifas deben ser actualizadas cuando la inflación supere el 10%.

 

Dentro de los cambios más importantes para el ejercicio 2022 fue el establecimiento del nuevo régimen de confianza para personas físicas que obtengan ingresos por actividades empresariales, honorarios y arrendamientos menores a $3,500,000 para el pago de ISR con una tasa del 1% al 2.5%.

 

Hasta el momento, los contribuyentes que perciban ingresos por salarios estarán pagando la tarifa establecida por el artículo 96 de la LISR, así que se deberá consultar la tarifa mensual del Límite Inferior y Límite Superior. Por otro lado, el artículo 96 de la LISR establece:

  • Pagos por concepto de gratificación anual, participación de utilidades, primas dominicales y primas vacacionales: efectuarán la retención del impuesto conforme a los requisitos de la Ley
  • Los que hagan retenciones acorde al articulo, deberán deducir de la totalidad de los ingresos obtenidos en el mes de calendario, impuesto local de ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, siempre que la tasa del impuesto no exceda del 5%
  • En cuanto a honorarios de miembros de consejos directivos, de vigitlancia, consultores o de cualquier otra índole así como honorarios de administradores, comisarios y gerentes generales, la retención y entero del artículo 96, no podrá ser inferior a la cantidad que resulte de aplicar la tasa máxima para aplicarse sobre el excedente del límite inferior que establece la tarifa del artículo 152 de la Ley, sobre su monto. 
  • Las personas que hagan pagos por conceptos que se refieren al artículo 95 (obtención de ingresos por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos, por separación), se calculará el impuesto anual conforme a las reglas:
  1. Del total de percepciones por este concepto se separará una cantidad igual a la del último sueldo mensual ordinario, la cual se sumará a los demás ingresos por los que se deba pagar el impuesto en el año del calendario que se trate y se calculará en términos del artículo
  2. Al total de percepciones por el concepto se restará una cantidad igual a la del último sueldo mensual ordinario y al resultado se le aplicará la tasa que correspondió a la fracción anterior. El impuesto que resulte se sumará al calculado conforme a la fracción que antcede.

 

Base gravable e ingreso exento

Acorde al artículo 93 de la Ley del ISR, existen ciertos ingresos para personas físicas a los cuales no se les puede restar el ISR. La suma de este dinero se mide en UMAS. Para el 2021, el valor de las UMAS subió a $89.62, para el 2022, en febrero se publicaría el nuevo valor. 

 

A continuación los ingresos exentos acorde al artículo 93:

  1. Prestaciones distintas del salario que reciban los colaboradores del salario mínimo general
  2. Excedente de las prestaciones exceptuadas del pago del impuesto
  3. Indemnizaciones por riesgos de trabajo o enfermedades acorde a la ley
  4. Jubilaciones, prestaciones, haberes de retiro, pensiones vitalicias, cesantía en edad avanzada o vejez
  5. Ingresos percibidos por motivo de reembolso de gastos médicos, dentales, hospitalarios y de funeral
  6. Prestaciones de seguridad social de instituciones públicas
  7. Subsidios por incapacidad, becas educacionales para trabajadores o sus hijos, guarderías infantiles, actividades culturales y deportivas
  8. Entrega de aportaciones y rendimientos provenientes de la subcuenta de vivienda de la cuenta individual
  9. Cajas de ahorro y fondos de ahorro
  10. Cuota de seguridad social de colaboradores pagada por patrones
  11. Primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones 
  12. Gratificaciones que reciban los colaboradores de sus patrones durante un año de calendario hasta el equivalente de salario mínimo elevado a 30 días
  13. Remuneraciones por servicios personales subordinados que perciban los extranjeros
  14. Viáticos erogados en servicio por el patrón
  15. Contratos de arrendamiento
  16. Enajenación
  17. Intereses pagados a instituciones de crédito
  18. Herencia o legado
  19. Donativos
  20. Premios obtenidos por concurso científico, artístico, literario, abierto al público general o en determinado gremio
  21. Indemnizaciones por daños
  22. Acreedores alimenticios
  23. Retiros de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez
  24. Enajenacion de derechos parcelarios

Subsidio al empleo

El subsidio al empleo se otorga a los colaboradores que perciben un sueldo catalogado como bajo ($7,382.34 en 2021). Debe ser calculado por el patrón y disminuido sobre el ISR a retener, cuando es mayor que el ISR causado, la diferencia debe ser entregada al colaborador. El patrón debe acreditar el subsidio pagado al colaborador contra las retenciones del ISR de otros trabajadores o contra su propio ISR. 

 

La LISR permite calcular el subsidio por día, si se dividen los valores de la tabla de Límite Inferior y Límite Superior entre 30.4 y multiplicándolo por los días pagados en el periodo. Y claramente se establece que la suma de todos los pagos del subsidio al empleo se realizan al mes, pero no podrán exceder al monto que corresponde a la tabla. 

 

Cuando existe el caso de que hay nóminas con más de 5 semanas en un mes o sueldos variables, el subsidio mensual es diferente al subsidio que correspondió a la suma de todos los periodos que corresponden a dicho mes. 

 

Cambios CFDI

Los cambios al CFDI provienen de la Reforma Fiscal 2022. El 26 de octubre de 2021 en el Senado fueron aprobados los dictámenes en la Miscelánea Fiscal y la Ley de Ingresos para 2022. Esperando su publicación para hacerla oficial en el DOF. 

 

Aunque aún no ha sido publicado en el DOF, estos son los cambios que posiblemente veremos en las próximas semanas en referencia al cálculo de salarios y nóminas:

  • Obligación del uso de complementos que publique el SAT
  • La autoridad fiscal podrá actualizar las actividades económicas del contribuyente acorde a las claves de producto o servicio
  • Si se emite un comprobante de egresos que ampare bonificaciones, devoluciones y descuentos y no se cuente con soporte documental, los primeros no podrán disminuir los ingresos del contribuyente. Esto podrá ser verificado por autoridades fiscales
  • El SAT podrá establecer facultades administrativas para que contribuyentes emitan sus propios CFDI o a través de un PAC (Proveedor Autorizado de Certificación).
  • Es obligatorio incluir en el CFDI:
    • Nombre
    • Razón social
    • Denominación social
    • Código postal del contribuyente a favor de quien se emite el CFDI

 

Proceso para la elaboración de la nómina

Ya sabes sobre los cambios más importantes para el cálculo de la nómina 2022, ahora solo para reforzar, te compartimos el proceso para la elaboración de una nómina:

 

  • Define los pagos
  • Define las deducciones
  • Elabora un calendario de pagos
  • En caso de tener nuevos colaboradores, darlos de alta y clasificarlos
  • Revisa las incidencias como horas extras, faltas, etcétera
  • Define si hay pagos extras
  • Define si hay descuentos
  • Calcula la nómina
  • De ser necesario, consigue los reportes y archivos
  • Cierre de nómina
  • Presentar declaraciones

 

Ahora que ya sabes los cambios más sustanciales al cálculo de nómina 2021-2022, vamos a compartirte 5 pasos sencillos para realizarlo:

 

  1. Sueldo mensual
    1. Define el sueldo mensual del colaborador, calculando su tiempo de pago, ya sea semanal, quincenal o mensual. También considera si su pago es libre de impuestos
  2. Salario mínimo
    1. Después convierte el número mensual dentro del plazo a realizar el pago, salvo si es mensual
      1. Mensual

 

( SUELDO MENSUAL / 30 ) x CANTIDAD DE DÍAS TRABAJADOR

 

  1. Cálculo de retenciones del ISR
    1. Revisa las tablas del SAT para calcular las retenciones del ISR
    2. El descuento de nómina se realiza equitativamente al incremento con el sueldo

 

  1. Cálculo de retenciones del IMSS
    1. Descuenta de la nómina deducciones como:
      1. Anticipos a sueldos
      2. Deducciones que apliquen
      3. Préstamos personales
      4. Créditos INFONAVIT

 

  1. Descuentos adicionales en nómina

 

Ahora que ya sabes todo sobre el cálculo de nómina para 2021-2022, debes saber que un buen o mal cálculo puede ser la diferencia entre pagos de multas por omisiones o retrasos. 


En Consolidé estamos para apoyarte. Consulta con nuestros especialistas en maquila de nómina y payrolling y asegúrate de siempre tener tu nómina al día y sin equivocaciones.

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